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Acuerdo sobre Contratación Pública Organización
Mundial de Comercio : Artículo X: Procedimientos de selección
- A fin de lograr una óptima competencia
internacional efectiva en las licitaciones selectivas, para cada contrato
previsto las entidades invitarán a licitar al mayor número
de proveedores nacionales y de las demás Partes que sea compatible
con el funcionamiento eficaz del sistema de contratación. Las
entidades seleccionarán de manera justa y no discriminatoria
a los proveedores que pueden participar en la licitación.
- Las entidades que mantengan listas permanentes
de proveedores calificados podrán seleccionar a los que serán
invitados a licitar entre los incluidos en esas listas. Toda selección
deberá dar oportunidades equitativas a los proveedores incluidos
en las listas.
- Se permitirá presentar ofertas a los proveedores
que soliciten participar en un determinado contrato previsto y se
les tendrá en cuenta con la salvedad, en el caso de aquellos
que todavía no hayan sido calificados, de que se disponga de
tiempo suficiente para terminar el procedimiento de calificación
con arreglo a lo dispuesto en los artículos VIII y IX. El número
de proveedores adicionales autorizados a participar sólo estará
limitado por razones de funcionamiento eficaz del sistema de contratación.
- Las solicitudes de participación en licitaciones
selectivas podrán presentarse por télex, telegrama o
telefax.
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