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C.I.R.F.T. : Artículo 25
- El presente Convenio estará abierto a la firma de todos
los Estados desde el 10 de enero de 2000 hasta el 31 de diciembre
de 2001 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York.
- El presente Convenio está sujeto a ratificación,
aceptación o aprobación. Los instrumentos de ratificación,
aceptación o aprobación serán depositados en
poder del Secretario General de las Naciones Unidas.
- El presente Convenio estará abierto a la adhesión
de cualquier Estado. Los instrumentos de adhesión serán
depositados en poder del Secretario General de las Naciones Unidas.
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