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Reglas de Conducta de la CIC : Empresas : Introducción Parte II. Reglas de conducta para combatir la extorsión y el soborno Estas reglas de conducta están proyectadas como un método de autoregulación para las compañías internacionales y ellas deberían también ser apoyadas por los gobiernos. Su voluntaria aceptación por empresas privadas no sólo promoverá altos parámetros de integridad en las transacciones comerciales tanto entre compañías privadas y organismos públicos como entre las propias empresas, sino que además formará una valiosa protección para aquellas empresas que estén sometidas a tentativas de extorsión. Estas Reglas de Conducta están de un modo general expresando qué es considerado como una buena práctica comercial en las materias a las cuales ellas se refieren pero carecen de efectos legales directos. Ellas no subestiman las correspondientes leyes locales y, puesto que los sistemas jurídicos nacionales no son en modo alguno uniformes, ellas deben ser leídas, mutatis mutandis, como subordinadas a esos sistemas. La comunidad de negocios objeta toda forma de extorsión y de soborno. Es reconocido, sin embargo, que bajo las actuales condiciones en algunas partes del mundo, un programa efectos contra la extorsión y el soborno puede tener que ser implementado en etapas. La más alta prioridad debería estar dirigida a la extinción de la extorsión y el soborno en gran escala que involucra a políticos y altos funcionarios. Ellos representan la mayor amenaza contra las instituciones democráticas y causan las más graves distorsiones económicas. Los pequeños pagos a funcionarios de bajo nivel para agilizar aprobaciones de rutina no son excusables. No obstante, ellos representan un problema menor. Cuando la extorsión y el soborno en los altos niveles resulten frenadas, los líderes de gobierno pueden estar esperanzados en la adopción de medidas para limpiar la corrupción menor.
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