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Ley de E.E.U.U. : Compañías locales :
(c) Causal de defensa

Constituirá una causal de defensa respecto de la prohibición de la subsección (a) de esta sección, que :

  1. El pago, regalo, ofrecimiento o promesa de cualquier cosa de valor que fuere legal bajo la ley escrita y las regulaciones del país al que pertenece el funcionario extranjero, partido político, funcionario del partido o candidato; o

  2. El pago, regalo, ofrecimiento o promesa de cualquier cosa de valor constituya un gasto razonable y de buena fe tal como costos de viaje o alojamiento expedidos por o en nombre de un funcionario extranjero, partido político extranjero, funcionario de ese partido o candidato y estuvieren directamente vinculados con

    A) la promoción, demostración o explicación de productos o servicios; o

    B) la ejecución o realización de un contrato con un gobierno u organismo extranjero.

Excepción Prevención

 

Departamento de Justicia
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